BONO SOCIAL
El bono social de luz es una ayuda que ofrece el Gobierno para que las personas con menos recursos económicos puedan pagar sus recibos de la luz. Para beneficiarse es imprescindible reunir una serie de requisitos en cuanto al nivel de renta y a la situación familiar, y la solicitud debe gestionarse directamente con una Comercializadora de Referencia.
¿Quién puede pedir el bono social?
Se han creado tres tipos de categorías de beneficiarios del bono social, con diferentes requisitos de acceso. El IPREM que se usará para determinar los umbrales de renta de las diferentes categorías. Los umbrales pueden modificarse en algunas circunstancias.
- Los consumidores vulnerables. Se consideran así las unidades familiares sin menores que tengan una renta anual inferior o igual a 1,5 veces el IPREM (14 pagas). También las unidades familiares donde haya un menor y cuyos ingresos no superen dos veces el IPREM. En el caso de hogares con dos menores, el límite se fija en 2,5 veces el IPREM.
- Se crea una categoría de hogares vulnerables severos que tienen unos niveles de renta inferiores, que se establecen en el 50% de los límites establecidos para cada categoría de consumidor vulnerable (o sea, 0,75 veces el IPREM si no hay menores, el IPREM en caso de que haya un menor y 1,25 veces el IPREM con dos o más menores.
- Se crea una categoría de hogares vulnerables severos en riesgo de exclusión social. Son hogares en los que la administración local o autonómica decide intervenir, contribuyendo con el 50% del coste de ese suministro.
Además siguen siendo beneficiarios del bono social:
- Las familias numerosas, como hasta ahora, sin límite de renta, aunque serán considerados consumidores vulnerables severos solo si su renta anual es menor o igual a 2 veces el IPREM.
- Hogares con todos los integrantes pensionistas que perciban la cuantía mínima vigente. Si no superan el IPREM serán considerados hogares vulnerables severos.
En todos los casos, en hogares con colectivos especiales (discapacidad superior al 33%, víctimas de terrorismo o violencia de género), el punto de corte se amplía en 0,5 veces el IPREM.
¿Cuáles serán los beneficios?:
El bono social supone descuento del 25% de la factura de electricidad, que sube hasta el 40% en el caso de los consumidores vulnerables severos. Los consumidores identificados como en riesgo de exclusión social tendrán la factura gratuita.
Cada dos años debes renovarlo. ¿Cómo?:
- Si hasta ahora no tenías bono social pero cumples alguno de los nuevos requisitosempieza las tramitaciones cuanto antes, pues el plazo de 15 días durante 3 meses se va a alargar a un mes… así que cuanto antes empieces mejor.
- Si tienes ahora bono social y crees que vas a seguir teniendo derecho a disfrutarlo, no te precipites en cambiar nada. No hay prisa. Puedes iniciar la solicitud dentro de tres o cuatro meses, cuando las comercializadoras ya estén mejor preparada para realizar este nuevo trámite. Tan sólo hay una excepción… que puedas cumplir los requisitos de renta para ser tener la consideración de consumidor vulnerable severo.
- Si hasta ahora has tenido bono social y con el nuevo no tendrás derecho, porque no estás entre las categorías de beneficiarios, durante 6 meses mantendrás los beneficios de este descuento.
Si quieres más información puedes consultar en:
https://www.ocu.org/vivienda-y-energia/gas-luz/noticias/reglamento-bono-social