¿Qué es la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad?
La tarjeta acreditativa de grado de discapacidad es un documento personal e intransferible. Tiene un diseño más cómodo y resistente que el antiguo certificado, está plastificado.
¿Quién son las personas titulares?
Podrán ser titulares de la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% por cualquiera de los Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Región.
¿Qué beneficios tiene la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad?
Los beneficios que se obtienen asociados a la discapacidad reconocida con un porcentaje del 33 al 64%:
- Reducciones en la declaración de la renta (IRPF) Bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Reducciones en el impuesto de matriculación de vehículos.
- Reducciones en el impuesto de circulación.
- Reducciones en el precio del transporte público.
- Asesoramiento laboral.
- Reducciones en la adquisición de la vivienda.
- Planes de pensiones.
- Bonificaciones en pago de determinados impuestos, como el IBI, tasas de basura, agua y alcantarillado
- Ayudas en la supresión de barreras arquitectónicas.
- Ayudas al autoempleo.
- Programas europeos de formación y empleo.
- Reserva del 2% en empresas con más de 50 trabajadores
Beneficios a partir del 65% de discapacidad:
- Reducciones en el precio del transporte público (tarjeta Dorada Renfe).
- Prestación no contributiva por discapacidad.
- Complemento para titulares de prestación no contributiva que viven en una vivienda de alquiler.
- Prestación complementaria para las personas pensionistas de la modalidad no contributiva.
¿Dónde se puede solicitar?
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
https://www.jccm.es/tramitesygestiones/tarjeta-acreditativa-de-grado-de-discapacidad