Tras la publicación del REAL DECRETO-LEY 6/2019, 1 de marzo, de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades mujeres y hombres, se abre una nueva etapa para las personas que ejercen de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia: Recuperamos las cotizaciones a la Seguridad Social.
En España existen más de 150.000 personas, las mayoría madres y mujeres que cuidan de sus familiares en situación de dependencia. Personas que dedican 24 horas al cuidado, dejando en un segundo plano sus intereses. Con esta medida se reconoce un trabajo poco valorado en nuestra sociedad.
¿Qué garantiza esta medida?
Según la citada ya normativa, la acción protectora por este Convenio Especial será la correspondiente a jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, derivadas de accidente, cualquiera que sea su carácter o de enfermedad, con independencia de su naturaleza”
Surgirá efecto a partir de la fecha de reconocimiento de la situación de dependencia, siempre y cuando se solicite dentro de los 90 días naturales siguiente a esa fecha.
¿Quién tiene derecho?
Personas perceptoras de la prestación económica regulara por el R.D 615/2007 de 11 de mayo.
¿Qué documentación necesito?
- Formulario TA 0040.
- Copia resolución PIA.
- Documentación acreditativa del parentesco.
- Fotocopia DNI (persona dependiente y familiar).
IMPORTANTE: Para personas que hayan cotizado por su cuenta con anterioridad a este Decreto, no será necesario tramitar nada, de cruzarán datos con la Administración.
ENLACES
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10817/31190/41204