Consejos para la adaptación de puestos de trabajo:
A la hora de acceder a un puesto de trabajo, la variabilidad interpersonal de los futuros trabajadores, hace necesario, en mayor o menor medida, una evaluación inicial del puesto de trabajo y de los riesgos derivados del mismo.
Estas intervenciones son más necesarias en el caso de colectivos con diversidad funcional (discapacidad) que, por situarse en los extremos de la población, pueden evidenciar más desajustes en relación con el desempeño de las tareas de un puesto de trabajo diseñado para la media de la población.
El objetivo general de la Accesibilidad Universal en los puestos de trabajo consiste en tratar de conseguir la mejor adaptación posible, de los entornos de trabajo y de los medios tecnológicos de producción a todos los potenciales trabajadores.
La publicación de la Directiva 2000/78/CE, aprobada por el Consejo de la Unión Europea, representa un avance muy importante en la lucha por la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, ya que, además de recoger el derecho de todos los ciudadanos a obtener un trato ausente de discriminación, introduce el concepto de “ajuste razonable” para restablecer la igualdad.
A partir de la Directiva 2000/78/CE del Consejo de la Unión Europea, la igualdad de trato en el empleo y la ocupación no se concibe sin la existencia de ajustes razonables.
El Ajuste Razonable abarca:
- Formación previa al empleo (formación profesional, orientación, prácticas…)
- Procesos de selección (adaptar las pruebas de acceso)
- Desempeño laboral (adaptar el puesto de trabajo)
- Formación laboral y en la utilización de productos de apoyo (adaptar las acciones formativas)
- Promoción profesional
Por todo esto, desde ADEMTO os dejamos una guía de referencia que puede ser de utilidad.
Adaptación de puestos de trabajo. Guía de referencia. Editada por CEAPAT:
DOC-APADP-PUESTO-TRABAJO.pdf (585 descargas )